divendres, 11 de febrer del 2011

Sentència favorable als acords de la Guàrdia Urbana

Sentència del recurs contenciós administratiu de CC.OO contra els acords adoptats per la GUÀRDIA URBANA DE TARRAGONA.
De moment hem guanyat per un defecte de forma i estem pendents d'un possible recurs d'apel·lació de CCOO.
Tot seguit teniu un resum de la sentència. No es perdeu  "El millor de tots els arguments de la jutgessa"
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En Tarragona, a 8 de febrero de 2011.

Visto por mí, Elsa Puig Muñoz, Magistrada Juez titular del Juzgado Contencioso Administrativo número dos de los de Tarragona y su partido, el presente Procedimiento Abreviado número 84/2010 en el que han sido partes, como demandante la Sección Sindical de CCOO del Ayuntamiento de Tarragona...

En la vista (a la que comparecieron ambas partes), y después de ratificarse la de mandante íntegramente en su escrito de demanda, por la parte demandada "Ajuntament i ASEMIT" se alegó que el recurso era inadmisible, al no haberse acreditado que el órgano estatutariamente competente había adoptado el acuerdo para la. Interposición del recurso.

Tras concederse en ese acto un plazo de diez días para subsanar el defecto observado, se acordó la continuación del acto del juicio, y la demandada manifestó su voluntad de oponerse a la demanda sobre la base de los hechos que alegaba, y respecto de los que invocó los fundamentos jurídicos que estimó oportunos, terminando con la solicitud de que se inadmitiera el recurso o, subsidiariamente, se desestimara la demanda y se dictara sentencia por la que se le absolviera de las pretensiones en su contra formuladas.

El millor de tots els arguments de la jutgessa,

A todo ello debe añadirse que no es baladí la acreditación que se exige, máxime cuando en el presente recurso se ejercita una acción por un Sindicato que resulta un tanto anómala o contradictoria, por cuanto lo que se pretende es la anulación de un incremento retributivo que indudablemente favorece a los trabajadores de la Guardia Urbana de Tarragona.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. Es objeto del presente recurso el Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Tarragona, de fecha 30 de noviembre de 2009, por el que se aprobó el incremento del complemento especifico del personal de la Guardia Urbana para 2008, 2009 y 2010.

la actora "CCOO - Rosendo Castellvi" debió aportar copia íntegra de los Estatutos de la entidad. Y a todo ello también debió unirse la certificación del acuerdo adoptado -por el órgano estatutariamente competente para el ejercicio de acciones- para la interposición del presente recurso.

Nada de ello hizo la recurrente.
FALLO
Que debo INADMITIR E INADMITO el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por Sección Sindical de CCOO del Ayuntamiento de Tarragona contra el Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Tarragona, de fecha 30 de noviembre de 2009, por el que se aprobó el incremento del complemento específico del personal de la Guardia Urbana para 2008, 2009 y 2010, y sin que proceda la imposición del pago de costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no es firme, y que contra la misma cabe la interposición de recurso de apelación,
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JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 2 TARRAGONA
Procedimiento abreviado: 84/2010
Parte actora: SECCIÓ SINDICAL DE CCOO AJUNTAMENT DE TARRAGONA
REPRESENTADO POR D. ROSSEND CASTELLVI
Representante de la parte actora: ANTONI BEAS MARTÍNEZ
Parte demandada: AJUNTAMENT DE TARRAGONA
Representante de la parte demandada: JOSÉ M" SOLÉ TOMAS
JOSÉ M. COMAS FERRERONS
Parte codemandada: SINDICATO ASEMIT
Representante de la parte demandada: JUAN LUIS TELLEZ CARO
Parte codemandada: FEDERACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA UGT TARRAGONA
Representante de la parte demandada: FRANCISCO M. CORBI VERGE